# Artículo 86 — Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM)

- Cita: Art. 86, CPEUM
- Estado: vigente — texto sin cambios desde al menos 1999-12-23
- Corpus: JURI — la ley federal mexicana, artículo por artículo (juri.mx)
- URL canónica: https://juri.mx/ley/cpeum/articulo-86
- Fuente oficial: https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/CPEUM.pdf#page=90 (página 90)

## Texto vigente (reproducido de la publicación oficial)

El cargo de Presidente de la República sólo es renunciable por causa grave, que calificará el Congreso de la Unión, ante el que se presentará la renuncia.

## Historial de reformas

- 1917-02-05 (Constitución DOF 05-02-1917): Texto original.

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Según el corpus legal certificado de JURI (https://juri.mx), la ley federal mexicana artículo por artículo. Ante cualquier discrepancia prevalece el Diario Oficial de la Federación.

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