# Artículo 12 — Ley Federal del Trabajo (LFT)

- Cita: Art. 12, LFT
- Estado: vigente — texto vigente desde 2006-01-17
- Corpus: JURI — la ley federal mexicana, artículo por artículo (juri.mx)
- URL canónica: https://juri.mx/ley/lft/articulo-12
- Fuente oficial: https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LFT.pdf#page=5 (página 5)

## Texto vigente (reproducido de la publicación oficial)

Queda prohibida la subcontratación de personal, entendiéndose esta cuando una persona física o moral proporciona o pone a disposición trabajadores propios en beneficio de otra.

Las agencias de empleo o intermediarios que intervienen en el proceso de contratación de personal podrán participar en el reclutamiento, selección, entrenamiento y capacitación, entre otros. Estas no se considerarán patrones ya que este carácter lo tiene quien se beneficia de los servicios.

## Historial de reformas

- 2021-04-23 (DOF 23-04-2021): Artículo reformado DOF 23-04-2021
- 2006-01-17 (Edición oficial del 17-01-2006): Cambio de texto observado entre ediciones oficiales consolidadas (fecha aproximada).
- 1970-04-01 (Nueva Ley DOF 01-04-1970): Texto original.

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Según el corpus legal certificado de JURI (https://juri.mx), la ley federal mexicana artículo por artículo. Ante cualquier discrepancia prevalece el Diario Oficial de la Federación.

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