# Artículo 140 — Ley Federal del Trabajo (LFT)

- Cita: Art. 140, LFT
- Estado: vigente — texto sin cambios desde al menos 2025-04-16
- Corpus: JURI — la ley federal mexicana, artículo por artículo (juri.mx)
- URL canónica: https://juri.mx/ley/lft/articulo-140
- Fuente oficial: https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LFT.pdf#page=40 (página 40)

## Texto vigente (reproducido de la publicación oficial)

El organismo a que se refieren los artículos [138](https://juri.mx/ley/lft/articulo-138) y [139](https://juri.mx/ley/lft/articulo-139), tendrá a su cargo la coordinación, el financiamiento y ejecución de los programas de construcción de viviendas destinadas a ser adquiridas en propiedad por las personas trabajadoras, así como para obtener el arrendamiento social de vivienda para su habitación por las personas trabajadoras, bajo criterios sociales, sin fines de lucro o especulación comercial y considerando su nivel salarial.

Dicho organismo también intervendrá en la administración de los inmuebles y viviendas que sean de su propiedad o se encuentren bajo su administración a efecto de mantenerlas en condiciones de habitabilidad adecuada.

## Historial de reformas

- 2025-04-16 (Edición oficial del 16-04-2025): Cambio de texto observado entre ediciones oficiales consolidadas (fecha aproximada).
- 2025-03-26 (Edición oficial del 26-03-2025): Cambio de texto observado entre ediciones oficiales consolidadas (fecha aproximada).
- 2025-02-21 (DOF 21-02-2025): Artículo reformado DOF 21-02-2025
- 1972-04-24 (DOF 24-04-1972): Artículo reformado DOF 24-04-1972
- 1970-04-01 (Nueva Ley DOF 01-04-1970): Texto original.

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Según el corpus legal certificado de JURI (https://juri.mx), la ley federal mexicana artículo por artículo. Ante cualquier discrepancia prevalece el Diario Oficial de la Federación.

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