# Artículo 25 — Ley Federal del Trabajo (LFT)

- Cita: Art. 25, LFT
- Estado: vigente — texto vigente desde 2019-06-04, verificado contra la fuente oficial el 2026-07-30
- Corpus: JURI — la ley federal mexicana, artículo por artículo (juri.mx), verificado contra la fuente oficial el 2026-07-30
- URL canónica: https://juri.mx/ley/lft/articulo-25
- Fuente oficial: https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LFT.pdf

## Resumen explicado — según el análisis de JURI (verificado al 2026-07-30)

El artículo 25 de la LFT regula el contenido del escrito donde constan las condiciones de trabajo: identificación de trabajador y patrón —incluidos CURP y RFC—, tipo de relación y eventual periodo de prueba, servicios a prestar, lugar de trabajo, duración de la jornada, forma, monto, día y lugar de pago del salario, la indicación sobre capacitación o adiestramiento, y otras condiciones como descansos y vacaciones. También exige designar beneficiarios conforme al artículo 501 para el pago de salarios y prestaciones devengadas y no cobradas a la muerte del trabajador, o de las generadas por su fallecimiento o desaparición derivada de un acto delincuencial. Dentro de la LFT lo citan los artículos 26, 28, 282, 291-H y 330-B.

## Texto vigente (reproducido de la publicación oficial)

El escrito en que consten las condiciones de trabajo deberá contener:

**I.** Nombre, nacionalidad, edad, sexo, estado civil, Clave Única de Registro de Población, Registro Federal de Contribuyentes y domicilio del trabajador y del patrón;

**II.** Si la relación de trabajo es para obra o tiempo determinado, por temporada, de capacitación inicial o por tiempo indeterminado y, en su caso, si está sujeta a un periodo de prueba;

**III.** El servicio o servicios que deban prestarse, los que se determinarán con la mayor precisión posible;

**IV.** El lugar o los lugares donde deba prestarse el trabajo;

**V.** La duración de la jornada;

**VI.** La forma y el monto del salario;

**VII.** El día y el lugar de pago del salario;

**VIII.** La indicación de que el trabajador será capacitado o adiestrado en los términos de los planes y programas establecidos o que se establezcan en la empresa, conforme a lo dispuesto en esta Ley; y

**IX.** Otras condiciones de trabajo, tales como días de descanso, vacaciones y demás que convengan el trabajador y el patrón.

**X.** La designación de beneficiarios a los que refiere el artículo 501 de esta ley, para el pago de los salarios y prestaciones devengadas y no cobradas a la muerte de los trabajadores o las que se generen por su fallecimiento o desaparición derivada de un acto delincuencial.

## Historial de reformas

- 2019-06-04 (Edición oficial del 04-06-2019): Cambio de texto observado entre ediciones oficiales consolidadas (fecha aproximada).
- 2019-05-01 (DOF 01-05-2019): Fracción adicionada DOF 01-05-2019 [afecta: fracción X]
- 2012-11-30 (DOF 30-11-2012): Fracción reformada DOF 30-11-2012 [afecta: fracción I, fracción II, fracción IV]
- 1978-04-28 (DOF 28-04-1978): Fracción adicionada DOF 28-04-1978 [afecta: fracción VIII]
- 1978-04-28 (DOF 28-04-1978): Fracción recorrida DOF 28-04-1978 [afecta: fracción IX]
- 1970-04-01 (Nueva Ley DOF 01-04-1970): Texto original.

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Según el corpus legal certificado de JURI, verificado contra la fuente oficial el 2026-07-30 (https://juri.mx), la ley federal mexicana artículo por artículo. Ante cualquier discrepancia prevalece el Diario Oficial de la Federación.

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