# Artículo 307 — Ley Federal del Trabajo (LFT)

- Cita: Art. 307, LFT
- Estado: vigente — texto vigente desde 2026-05-14
- Corpus: JURI — la ley federal mexicana, artículo por artículo (juri.mx)
- URL canónica: https://juri.mx/ley/lft/articulo-307
- Fuente oficial: https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LFT.pdf#page=91 (página 91)

## Texto vigente (reproducido de la publicación oficial)

No es violatoria del principio de igualdad de salario, la disposición que estipule salarios distintos para trabajos iguales, por razón de la categoría de las funciones, representaciones o actuaciones, o de las personas trabajadoras artistas intérpretes o ejecutantes.

## Historial de reformas

- 2026-05-14 (DOF 14-05-2026): Artículo reformado DOF 14-05-2026
- 1970-04-01 (Nueva Ley DOF 01-04-1970): Texto original.

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Según el corpus legal certificado de JURI (https://juri.mx), la ley federal mexicana artículo por artículo. Ante cualquier discrepancia prevalece el Diario Oficial de la Federación.

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