# Artículo 385 — Ley Federal del Trabajo (LFT)

- Cita: Art. 385, LFT
- Estado: vigente — texto sin cambios desde al menos 1998-01-23
- Corpus: JURI — la ley federal mexicana, artículo por artículo (juri.mx)
- URL canónica: https://juri.mx/ley/lft/articulo-385
- Fuente oficial: https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LFT.pdf#page=119 (página 119)

## Texto vigente (reproducido de la publicación oficial)

Para los efectos del artículo anterior, las federaciones y confederaciones remitirán por duplicado:

**I.** Copia autorizada del acta de la asamblea constitutiva;

**II.** Una lista con la denominación y domicilio de sus miembros;

**III.** Copia autorizada de los estatutos; y

**IV.** Copia autorizada del acta de la asamblea en que se haya elegido la directiva.

La documentación se autorizará de conformidad con lo dispuesto en el párrafo final del artículo [365](https://juri.mx/ley/lft/articulo-365).

## Historial de reformas

- 1970-04-01 (Nueva Ley DOF 01-04-1970): Texto original.

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Según el corpus legal certificado de JURI (https://juri.mx), la ley federal mexicana artículo por artículo. Ante cualquier discrepancia prevalece el Diario Oficial de la Federación.

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