# Artículo 434 — Ley Federal del Trabajo (LFT)

- Cita: Art. 434, LFT
- Estado: vigente — texto sin cambios desde al menos 1998-01-23
- Corpus: JURI — la ley federal mexicana, artículo por artículo (juri.mx)
- URL canónica: https://juri.mx/ley/lft/articulo-434
- Fuente oficial: https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LFT.pdf#page=136 (página 136)

## Texto vigente (reproducido de la publicación oficial)

Son causas de terminación de las relaciones de trabajo:

**I.** La fuerza mayor o el caso fortuito no imputable al patrón, o su incapacidad física o mental o su muerte, que produzca como consecuencia necesaria, inmediata y directa, la terminación de los trabajos;

**II.** La incosteabilidad notoria y manifiesta de la explotación;

**III.** El agotamiento de la materia objeto de una industria extractiva;

**IV.** Los casos del artículo [38](https://juri.mx/ley/lft/articulo-38); y

**V.** El concurso o la quiebra legalmente declarado, si la autoridad competente o los acreedores resuelven el cierre definitivo de la empresa o la reducción definitiva de sus trabajos.

## Historial de reformas

- 1970-04-01 (Nueva Ley DOF 01-04-1970): Texto original.

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Según el corpus legal certificado de JURI (https://juri.mx), la ley federal mexicana artículo por artículo. Ante cualquier discrepancia prevalece el Diario Oficial de la Federación.

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