# Artículo 489 — Ley Federal del Trabajo (LFT)

- Cita: Art. 489, LFT
- Estado: vigente — texto sin cambios desde al menos 1998-01-23
- Corpus: JURI — la ley federal mexicana, artículo por artículo (juri.mx)
- URL canónica: https://juri.mx/ley/lft/articulo-489
- Fuente oficial: https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LFT.pdf#page=142 (página 142)

## Texto vigente (reproducido de la publicación oficial)

No libera al patrón de responsabilidad:

**I.** Que el trabajador explícita o implícitamente hubiese asumido los riesgos de trabajo;

**II.** Que el accidente ocurra por torpeza o negligencia del trabajador; y

**III.** Que el accidente sea causado por imprudencia o negligencia de algún compañero de trabajo o de una tercera persona.

## Historial de reformas

- 1970-04-01 (Nueva Ley DOF 01-04-1970): Texto original.

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Según el corpus legal certificado de JURI (https://juri.mx), la ley federal mexicana artículo por artículo. Ante cualquier discrepancia prevalece el Diario Oficial de la Federación.

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