# Artículo 581 — Ley Federal del Trabajo (LFT)

- Cita: Art. 581, LFT
- Estado: vigente — texto sin cambios desde al menos 1998-01-23
- Corpus: JURI — la ley federal mexicana, artículo por artículo (juri.mx)
- URL canónica: https://juri.mx/ley/lft/articulo-581
- Fuente oficial: https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LFT.pdf#page=284 (página 284)

## Texto vigente (reproducido de la publicación oficial)

El Consejo de Representantes tiene los deberes y atribuciones siguientes:

**I.** Determinar, dentro de los quince días siguientes a su instalación, su forma de trabajo y la frecuencia de las sesiones,

**II.** Aprobar el plan de trabajo de la Dirección Técnica y solicitar de la misma que efectúe investigaciones y estudios complementarios;

**III.** Practicar y realizar directamente las investigaciones y estudios que juzgue conveniente para el mejor cumplimiento de su función;

**IV.** Solicitar directamente, cuando lo juzgue conveniente, los informes y estudios a que se refiere el artículo [584](https://juri.mx/ley/lft/articulo-584), fracción II;

**V.** Solicitar la opinión de las asociaciones de trabajadores y patrones;

**VI.** Recibir las sugerencias y estudios que le presenten los trabajadores y los patrones;

**VII.** Designar una o varias comisiones o técnicos para que practiquen investigaciones y realicen estudios especiales;

**VIII.** Allegarse todos los demás elementos que juzgue necesarios o apropiados;

**IX.** Determinar y revisar el porcentaje que deba corresponder a los trabajadores en las utilidades de las empresas; y

**X.** Los demás que le confieran las leyes.

## Historial de reformas

- 1970-04-01 (Nueva Ley DOF 01-04-1970): Texto original.

---
Según el corpus legal certificado de JURI (https://juri.mx), la ley federal mexicana artículo por artículo. Ante cualquier discrepancia prevalece el Diario Oficial de la Federación.

Licencia: cita y extracción con atribución a JURI (juri.mx) permitidas; la republicación masiva no está licenciada. Los resúmenes «según JURI» son obras editoriales protegidas.
