# Artículo 892 — Ley Federal del Trabajo (LFT)

- Cita: Art. 892, LFT
- Estado: vigente — texto vigente desde 2019-05-01
- Corpus: JURI — la ley federal mexicana, artículo por artículo (juri.mx)
- URL canónica: https://juri.mx/ley/lft/articulo-892
- Fuente oficial: https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LFT.pdf#page=362 (página 362)

## Texto vigente (reproducido de la publicación oficial)

Las disposiciones de este capítulo rigen la tramitación de los conflictos que se susciten con motivo de la aplicación de los artículos [5o.](https://juri.mx/ley/lft/articulo-5) fracción III; 28, fracción III; 151; 153-X; 158; 162; 204, fracción IX; 209, fracción V; 210; 236, fracciones II y III, 484, 503 y 505 de esta Ley, así como los conflictos que tengan por objeto el cobro de prestaciones que no excedan del importe de tres meses de salarios, la designación de beneficiarios del trabajador fallecido, con independencia de la causa del deceso, o desaparecido por un acto delincuencial, y los conflictos en materia de seguridad social.

## Historial de reformas

- 2019-05-01 (DOF 01-05-2019): Artículo adicionado DOF 01-05-2019
- 1980-01-30 (DOF 30-01-1980): Artículo adicionado DOF 30-01-1980
- 1980-01-04 (DOF 04-01-1980): Artículo adicionado DOF 04-01-1980
- 1970-04-01 (Nueva Ley DOF 01-04-1970): Texto original.

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