Artículo 40 — Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
Es voluntad del pueblo mexicano constituirse en una República representativa, democrática, laica y federal, compuesta por Estados libres y soberanos en todo lo concerniente a su régimen interior, y por la Ciudad de México, unidos en una federación establecida según los principios de esta ley fundamental.
El pueblo de México, bajo ninguna circunstancia, aceptará intervenciones, intromisiones o cualquier otro acto desde el extranjero, que sea lesivo de la integridad, independencia y soberanía de la Nación, tales como golpes de Estado, injerencias en elecciones o la violación del territorio mexicano, sea ésta por tierra, agua, mar o espacio aéreo.
Reformado DOF 01-04-2025Tampoco consentirá intervención en investigación y persecución alguna sin la autorización y colaboración expresa del Estado Mexicano, en el marco de las leyes aplicables.
Reformado DOF 01-04-2025Historial de reformas
Párrafo adicionado DOF 01-04-2025
Afecta: párrafo 2 · párrafo 3
Artículo reformado DOF 29-01-2016
Artículo reformado DOF 30-11-2012
Texto original.