Artículo 133 — Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
Esta Constitución, las leyes del Congreso de la Unión que emanen de ella y todos los tratados que estén de acuerdo con la misma, celebrados y que se celebren por el Presidente de la República, con aprobación del Senado, serán la Ley Suprema de toda la Unión. Los jueces de cada entidad federativa se arreglarán a dicha Constitución, leyes y tratados, a pesar de las disposiciones en contrario que pueda haber en las Constituciones o leyes de las entidades federativas.
Trazabilidad
Historial de reformas
2016-01-29DOF 29-01-2016
Artículo reformado DOF 29-01-2016
1934-01-18DOF 18-01-1934
Artículo reformado DOF 18-01-1934
1917-02-05Constitución DOF 05-02-1917
Texto original.