Artículo 103 — Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
Los Tribunales de la Federación resolverán toda controversia que se suscite
I.Por normas generales, actos u omisiones de la autoridad que violen los derechos humanos reconocidos y las garantías otorgadas para su protección por esta Constitución, así como por los tratados internacionales de los que el Estado Mexicano sea parte;
II.Por normas generales o actos de la autoridad federal que vulneren o restrinjan la soberanía de los Estados o la autonomía de la Ciudad de México, yReformado DOF 29-01-2016
III.Por normas generales o actos de las autoridades de las entidades federativas que invadan la esfera de competencia de la autoridad federal.Reformado DOF 29-01-2016
Trazabilidad
Historial de reformas
2016-01-29DOF 29-01-2016
Fracción reformada DOF 29-01-2016
Afecta: fracción II · fracción III
2011-07-14Edición oficial del 14-07-2011
Cambio de texto observado entre ediciones oficiales consolidadas (fecha aproximada).
2011-06-06DOF 06-06-2011
Artículo reformado DOF 06-06-2011
2005-08-14Edición oficial del 14-08-2005
Cambio de texto observado entre ediciones oficiales consolidadas (fecha aproximada).
1994-12-31DOF 31-12-1994
Artículo reformado DOF 31-12-1994
1917-02-05Constitución DOF 05-02-1917
Texto original.
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