Artículo 971 — Ley Federal del Trabajo
El remate se efectuará de conformidad con las normas siguientes:
l)El día y hora señalados se llevará a cabo en el local del Tribunal correspondiente;
II.Será llevado a cabo por el juez, quien lo declarará abierto;
III.El juez concederá un término de espera, que no podrá ser mayor de media hora, para recibir posturas; transcurrido éste no se admitirán nuevos postores salvo que sea el actor o el propio embargado;
IV.El juez calificará las posturas, y concederá quince minutos entre puja y puja;
V.El actor podrá concurrir a la almoneda como postor, presentando por escrito su postura, sin necesidad de cumplir el requisito a que se refiere el artículo 974 de esta Ley; y
VI.El juez declarará fincado el remate a favor del mejor postor.
Trazabilidad
Historial de reformas
2019-06-04Edición oficial del 04-06-2019
Cambio de texto observado entre ediciones oficiales consolidadas (fecha aproximada).
2019-05-01DOF 01-05-2019
Fracción reformada DOF 01-05-2019
Afecta: inciso l) · fracción II · fracción III · fracción IV · fracción VI
1980-01-04DOF 04-01-1980
Artículo adicionado DOF 04-01-1980
1970-04-01Nueva Ley DOF 01-04-1970
Texto original.
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Disposiciones relacionadas
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