Título OCTAVO — Ley Federal del Trabajo
Artículos 440 a 471
El Título octavo está dedicado a la huelga. Se organiza en dos capítulos: uno de disposiciones generales y otro sobre los objetivos y procedimientos de huelga, de modo que abarca tanto las reglas básicas de la figura como los fines que la justifican y el cauce para ejercerla. Sus artículos aún no están disponibles en esta colección.
Estas disposiciones generales, artículos 440 al 449, definen la huelga como la suspensión temporal del trabajo llevada a cabo por una coalición de trabajadores y sientan las nociones básicas del Título. Distinguen la huelga legalmente existente, la ilícita y la justificada, precisan que puede abarcar a una empresa o a varios de sus establecimientos, y ordenan al Tribunal y a las autoridades civiles hacer respetar ese derecho.
El capítulo dedicado a la huelga, artículos 450 al 471, señala los objetivos que ésta puede perseguir y los requisitos para suspender los trabajos, entre ellos que la suspensión la realice la mayoría de los trabajadores de la empresa. También indica cuándo la huelga es legalmente inexistente, qué servicios deben seguir prestando los huelguistas y cómo termina el movimiento. Buena parte de sus disposiciones está derogada.