Título SEXTO — Ley Federal del Trabajo
El Título sexto regula los trabajos especiales: regímenes que adaptan las reglas generales de la ley a actividades con condiciones propias. Tras un capítulo de disposiciones generales, dedica capítulos a trabajadores de confianza, de los buques, tripulaciones aeronáuticas, ferrocarrileros, autotransportes, maniobras en zonas federales, personas trabajadoras del campo y del hogar, agentes de comercio, plataformas digitales, deportistas profesionales, actores y músicos, trabajo a domicilio, teletrabajo, minas, hoteles y restaurantes, industria familiar, médicos residentes y universidades autónomas por ley.
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