Artículo 684-O — Ley Federal del Trabajo
Resumen explicado · según el análisis de JURI
El artículo 684-O de la LFT establece que el Órgano de Gobierno del Centro de Conciliación aprueba, a propuesta de su titular, la convocatoria del concurso de selección. Debe precisar el número de publicación, las plazas concursadas, el lugar y las fechas de cada etapa, los documentos que acompañan la inscripción, el material de apoyo consultable y el formato de aceptación de las bases.
El Órgano de Gobierno del Centro de Conciliación, a propuesta del titular de ésta, aprobará la emisión de la convocatoria, que deberá contener:
I.El número de publicación;
II.El número de plazas sujetas a concurso;
III.El lugar y las fechas que comprenderán las etapas del procedimiento;
IV.Los documentos que deberán acompañarse a la solicitud de inscripción al procedimiento, que serán:
a)Formato de inscripción, que se pondrá a disposición en las instalaciones del Centro de Conciliación y en su portal de Internet;
b)Currículum vitae actualizado del aspirante, acompañado con los documentos que soporten la información;
c)Copia certificada del acta de nacimiento;
d)Copia del Título y de la cédula profesional;
e)Escrito en el que, bajo protesta de decir verdad, manifieste encontrarse en pleno goce de sus derechos, y
f)Comprobante de domicilio.
V.El material de apoyo que podrán consultar los participantes en las distintas fases, y
VI.El formato de Conocimiento y Aceptación de las Bases y Lineamientos del Concurso de Selección, en el que el solicitante manifieste que es sabedor de los requisitos de la inscripción, las reglas del procedimiento y su conformidad con ellos.
Trazabilidad
Historial de reformas
2019-05-01DOF 01-05-2019
Artículo adicionado DOF 01-05-2019
1970-04-01Nueva Ley DOF 01-04-1970
Texto original.