Artículo 441 — Ley Federal del Trabajo
Para los efectos de este Título, los sindicatos de trabajadores son coaliciones permanentes.
Trazabilidad
Historial de reformas
1970-04-01Nueva Ley DOF 01-04-1970
Texto original.
Para los efectos de este Título, los sindicatos de trabajadores son coaliciones permanentes.
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