Artículo 709-G — Ley Federal del Trabajo
En la recusación son admisibles todos los medios de prueba establecidos por este Título y además la confesión del funcionario recusado.
Trazabilidad
Historial de reformas
2019-05-01DOF 01-05-2019
Artículo adicionado DOF 01-05-2019
1970-04-01Nueva Ley DOF 01-04-1970
Texto original.