Artículo 731 — Ley Federal del Trabajo
El juez podrá emplear, cualquiera de los medios de apremio necesarios, para que las personas concurran a las audiencias en las que su presencia es indispensable o para asegurar el cumplimiento de sus resoluciones.
Reformado DOF 01-05-2019Los medios de apremio que pueden emplearse son:
I.Multa, que no podrá exceder de 200 veces la Unidad de Medida y Actualización en el momento en que se cometió el desacato. Tratándose de trabajadores, la multa no podrá exceder del importe de su jornal o salario de un día. Para los efectos de este artículo, no se considerará trabajadores a los apoderados ni a los funcionarios públicos que incumplan o sean omisos con un requerimiento u orden judicial.Reformado DOF 01-05-2019
II.Presentación de la persona con auxilio de la fuerza pública; y
III.Arresto hasta por treinta y seis horas.
Trazabilidad
Historial de reformas
2019-05-01DOF 01-05-2019
Párrafo reformado DOF 01-05-2019
Afecta: párrafo 1 · fracción I
2012-11-30DOF 30-11-2012
Fracción reformada DOF 30-11-2012
Afecta: fracción I
1980-01-04DOF 04-01-1980
Artículo reformado DOF 04-01-1980
1970-04-01Nueva Ley DOF 01-04-1970
Texto original.
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