Artículo 1003 — Ley Federal del Trabajo
Los trabajadores, los patrones y los sindicatos, federaciones y confederaciones de unos y otros, podrán denunciar ante las autoridades del trabajo las violaciones a las normas del trabajo.
El Tribunal, las y los Inspectores del Trabajo, tienen la obligación de denunciar ante el Ministerio Público a la persona empleadora de una negociación industrial, de trabajo del campo, minera, comercial o de servicios que haya dejado de pagar o pague a sus personas trabajadoras del campo cantidades inferiores a las señaladas como salario mínimo general.
Trazabilidad
Historial de reformas
2024-01-24DOF 24-01-2024
Párrafo reformado DOF 24-01-2024
Afecta: párrafo 2
2019-05-01DOF 01-05-2019
Artículo adicionado DOF 01-05-2019
2012-11-30DOF 30-11-2012
Artículo adicionado DOF 30-11-2012
1980-01-04DOF 04-01-1980
Artículo adicionado DOF 04-01-1980
1970-04-01Nueva Ley DOF 01-04-1970
Texto original.