Artículo 417 — Ley Federal del Trabajo
El contrato-ley se aplicará no obstante cualquier disposición en contrario contenida en el contrato colectivo que la empresa tenga celebrado, salvo en aquellos puntos en que estas estipulaciones sean más favorables al trabajador.
Trazabilidad
Historial de reformas
1970-04-01Nueva Ley DOF 01-04-1970
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