Artículo 422 — Ley Federal del Trabajo
El artículo 422 de la LFT define el reglamento interior de trabajo como el conjunto de disposiciones obligatorias para personas trabajadoras y empleadoras en el desarrollo de los trabajos de una empresa o establecimiento, y excluye de esa materia las normas técnicas y administrativas que las empresas formulen para ejecutar sus trabajos. En la práctica, esta definición delimita qué reglas internas exigen el procedimiento formal del reglamento y cuáles quedan como instrucciones operativas libres del patrón. Abre el capítulo del reglamento interior, artículos 422 a 425, que fija su contenido en el artículo 423, su formación en el artículo 424 y su publicidad en el artículo 424-Bis. Fue reformado por última vez el 19-12-2024.
Reglamento interior de trabajo es el conjunto de disposiciones obligatorias para personas trabajadoras y empleadoras en el desarrollo de los trabajos en una empresa o establecimiento.
Reformado DOF 19-12-2024No son materia del reglamento las normas de orden técnico y administrativo que formulen directamente las empresas para la ejecución de los trabajos.
Historial de reformas
Párrafo reformado DOF 19-12-2024
Afecta: párrafo 1
Texto original.