Ley Federal del Trabajo · última reforma DOF 14-05-2026 · sin cambios, verificado al 2026-08-18Materia fiscal → fisc.mx
Art. 590-C, LFTVigentetexto sin cambios desde al menos 2019-06-04

Artículo 590-C — Ley Federal del Trabajo

Resumen explicado · según el análisis de JURI

El artículo 590-C de la LFT faculta al Director General del Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral para representarlo legalmente, ejercer facultades de dominio, administración y pleitos y cobranzas, y otorgar, sustituir o revocar poderes. Instalar delegaciones exige autorización previa de la Junta de Gobierno, y los poderes generales sólo surten efectos frente a terceros si se inscriben en el Registro Público de la Propiedad y de Comercio.

Trazabilidad

Historial de reformas

2019-05-01DOF 01-05-2019

Artículo adicionado DOF 01-05-2019

1970-04-01Nueva Ley DOF 01-04-1970

Texto original.

Texto oficial (Cámara de Diputados, PDF)Página 287 · verificado contra el DOF
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