Artículo 564 — Ley Federal del Trabajo
El Presidente de la Comisión Nacional determinará, en cada caso, las bases de organización y funcionamiento de las Comisiones Consultivas.
Trazabilidad
Historial de reformas
1988-01-21DOF 21-01-1988
Artículo reformado DOF 21-01-1988
1970-04-01Nueva Ley DOF 01-04-1970
Texto original.