Artículo 248 — Ley Federal del Trabajo
Texto vigente de la leyedición DOF 14-05-2026
En los contratos colectivos se podrá estipular que los trabajadores trenistas presten sus servicios sobre la base de viajes en una sola o en dos direcciones.
Trazabilidad
Historial de reformas
1970-04-01Nueva Ley DOF 01-04-1970
Texto original.