Artículo 153-X — Ley Federal del Trabajo
Los trabajadores y patrones tendrán derecho a ejercitar ante los Tribunales las acciones individuales y colectivas que deriven de la obligación de capacitación o adiestramiento impuesta en este capítulo.
Trazabilidad
Historial de reformas
2019-05-01DOF 01-05-2019
Artículo adicionado DOF 01-05-2019
1978-04-28DOF 28-04-1978
Artículo adicionado DOF 28-04-1978
1970-04-01Nueva Ley DOF 01-04-1970
Texto original.