Ley Federal del Trabajo · última reforma DOF 14-05-2026 · sin cambios, verificado al 2026-08-07Materia fiscal → fisc.mx
Art. 127, LFTVigentetexto vigente desde 2024-12-24

Artículo 127 — Ley Federal del Trabajo

Resumen explicado · según el análisis de JURI

El artículo 127 de la LFT delimita quiénes participan en el reparto de utilidades y con qué topes. Excluye a directores, administradores y gerentes generales, y a los trabajadores del hogar; los demás empleados de confianza participan con un tope salarial del sindicalizado mejor pagado más veinte por ciento. Los eventuales necesitan sesenta días trabajados al año. El máximo es tres meses de salario o el promedio de los últimos tres años, lo que más favorezca al trabajador.

Trazabilidad

Historial de reformas

2024-12-24DOF 24-12-2024

Fracción reformada DOF 24-12-2024

Afecta: fracción VI

2024-12-24DOF 24-12-2024

Fracción adicionada DOF 24-12-2024

Afecta: fracción VIII · fracción IX

2021-04-23DOF 23-04-2021

Párrafo reformado DOF 23-04-2021

Afecta: párrafo 1

2021-04-23DOF 23-04-2021

Fracción adicionada DOF 23-04-2021

Afecta: fracción VIII

2019-06-04Edición oficial del 04-06-2019

Cambio de texto observado entre ediciones oficiales consolidadas (fecha aproximada).

2019-05-01DOF 01-05-2019

Fracción reformada DOF 01-05-2019

Afecta: fracción VI

2012-11-30DOF 30-11-2012

Fracción adicionada DOF 30-11-2012

Afecta: fracción IV-Bis

1976-07-02DOF 02-07-1976

Fracción reformada DOF 02-07-1976

Afecta: fracción II

1970-04-01Nueva Ley DOF 01-04-1970

Texto original.

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Disposiciones relacionadas

Este artículo cita a 2 disposiciones
Texto oficial (Cámara de Diputados, PDF)Página 32 · verificado contra el DOF
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