Artículo 82 — Ley Federal del Trabajo
Resumen explicado · según el análisis de JURI
El artículo 82 de la LFT define al salario como la contraprestación que el patrón está obligado a cubrir al trabajador a cambio de su trabajo. En la práctica, basta con que exista trabajo prestado para que nazca esa obligación de pago, sin que el propio artículo fije su forma o monto. La definición abre el capítulo del salario (artículos 82 a 89), que las formas de fijarlo del artículo 83 y la integración del artículo 84 desarrollan, hasta llegar al aguinaldo mínimo del artículo 87. El texto no ha cambiado desde el 23-01-1998.
Texto vigente de la leyedición DOF 14-05-2026
Salario es la retribución que debe pagar el patrón al trabajador por su trabajo.
Trazabilidad
Historial de reformas
1970-04-01Nueva Ley DOF 01-04-1970
Texto original.