Ley Federal del Trabajo · última reforma DOF 14-05-2026 · sin cambios, verificado al 2026-09-17Materia fiscal → fisc.mx
Art. 69, LFTVigentetexto vigente desde 2026-05-01

Artículo 69 — Ley Federal del Trabajo

Resumen explicado · según el análisis de JURI

El artículo 69 de la LFT obliga a otorgar, por cada seis días de trabajo, al menos un día de descanso con goce de salario íntegro. En la práctica, ese descanso se paga completo aunque el trabajador no preste servicio ese día. Pertenece al capítulo de días de descanso, artículos 69 al 75, que en el artículo 71 añade la prima por laborar en domingo y en el artículo 73 ordena salario doble a quien trabaje en su día de descanso. Fue reformado por última vez el 01-05-2026.

Texto vigente de la leyedición DOF 14-05-2026
Trazabilidad

Historial de reformas

2026-05-01DOF 01-05-2026

Artículo reformado DOF 01-05-2026

1970-04-01Nueva Ley DOF 01-04-1970

Texto original.

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1 disposición cita este artículo
Texto oficial (Cámara de Diputados, PDF)Página 23 · verificado contra el DOF
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