Artículo 539 — Ley Federal del Trabajo
El artículo 539 de la LFT asigna a la Secretaría del Trabajo las actividades en materia de empleo: estudiar el mercado laboral y promover la ocupación; orientar a los buscadores hacia las vacantes, autorizar y vigilar las agencias privadas de colocación e intervenir en la contratación de nacionales para el extranjero; y regular la capacitación, autorizando o revocando el registro de instructores e instituciones y dictaminando sanciones. Con la Secretaría de Educación Pública fija el régimen nacional de certificación de competencias laborales.
De conformidad con lo que dispone el artículo que antecede y para los efectos del 537, a la Secretaría del Trabajo y Previsión Social corresponden las siguientes actividades:
Reformado · edición oficial del 30-11-2012Historial de reformas
Inciso reformado DOF 30-11-2012
Afecta: fracción I, inciso b) · fracción I, inciso c) · fracción I, inciso d) · fracción I, inciso e) · fracción I, inciso f) · fracción I, inciso h) · fracción II, inciso a) · fracción II, inciso d) · fracción II, inciso f) · fracción III, inciso b) · fracción III, inciso c) · fracción III, inciso d) · fracción III, inciso h)
Inciso derogado DOF 30-11-2012
Afecta: fracción III, inciso a) · fracción III, inciso e)
Fracción adicionada DOF 30-11-2012
Afecta: fracción V · fracción VI, inciso b)
Párrafo reformado DOF 30-12-1983
Afecta: párrafo 1
Artículo reformado DOF 28-04-1978
Texto original.