Artículo 305-Bis — Ley Federal del Trabajo
En los contratos que regulen la relación laboral de las personas trabajadoras artistas intérpretes o ejecutantes, se deberán estipular de manera específica las condiciones y la remuneración correspondiente para la utilización de su imagen o voz a través de sistemas de inteligencia artificial o cualquier otra tecnología.
Trazabilidad
Historial de reformas
2026-05-14DOF 14-05-2026
Artículo adicionado DOF 14-05-2026
1970-04-01Nueva Ley DOF 01-04-1970
Texto original.