Artículo 345 — Ley Federal del Trabajo
La Comisión Nacional de los Salarios Mínimos fijará los salarios mínimos profesionales que deberán pagarse a estos trabajadores.
Trazabilidad
Historial de reformas
1988-01-21DOF 21-01-1988
Artículo reformado DOF 21-01-1988
1970-04-01Nueva Ley DOF 01-04-1970
Texto original.