Ley Federal del Trabajo · última reforma DOF 14-05-2026 · sin cambios, verificado al 2026-09-13Materia fiscal → fisc.mx
Art. 81, LFTVigentetexto sin cambios desde al menos 1998-01-23

Artículo 81 — Ley Federal del Trabajo

Resumen explicado · según el análisis de JURI

El artículo 81 de la LFT obliga al patrón a conceder las vacaciones dentro de los seis meses siguientes a que el trabajador cumpla el año de servicios, y a entregarle cada año una constancia con su antigüedad, el período que le corresponde y la fecha en que debe disfrutarlo. En la práctica, esa constancia documenta el derecho y evita disputas sobre cuántos días corresponden y cuándo deben tomarse. La regla cierra el capítulo de vacaciones, artículos 76 al 81, que fija los días según antigüedad en el artículo 76 y la prima vacacional mínima en el artículo 80. El texto no ha cambiado desde el 23-01-1998.

Texto vigente de la leyedición DOF 14-05-2026
Trazabilidad

Historial de reformas

1970-04-01Nueva Ley DOF 01-04-1970

Texto original.

Texto oficial (Cámara de Diputados, PDF)Página 24 · verificado contra el DOF
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