Ley Federal del Trabajo · última reforma DOF 14-05-2026 · sin cambios, verificado al 2026-10-29Materia fiscal → fisc.mx
Art. 89, LFTVigentetexto sin cambios desde al menos 1998-01-23

Artículo 89 — Ley Federal del Trabajo

Resumen explicado · según el análisis de JURI

El artículo 89 de la LFT fija la base para calcular las indemnizaciones de los trabajadores: el salario del día en que nace el derecho, con la cuota diaria y la parte proporcional de las prestaciones del artículo 84. Con salario por unidad de obra o retribución variable, se promedian las percepciones de los treinta días efectivamente trabajados antes de nacer el derecho; si en ese lapso hubo aumento, el promedio corre desde la fecha del aumento. El salario semanal o mensual se divide entre siete o entre treinta para obtener el diario. Cierra el capítulo de salario (artículos 82 al 89). Su historial no registra reformas desde la expedición de la ley (DOF 01-04-1970).

Texto vigente de la leyedición DOF 14-05-2026
Trazabilidad

Historial de reformas

1970-04-01Nueva Ley DOF 01-04-1970

Texto original.

Interlinkado

Disposiciones relacionadas

2 disposiciones citan este artículoEste artículo cita a 1 disposición
Texto oficial (Cámara de Diputados, PDF)Página 25 · verificado contra el DOF
Citar

Artículo

Artículo completo
claro
oscuro
↑↓ elegir⏎ aplicaresc cerrar