Ley Federal del Trabajo · última reforma DOF 14-05-2026 · sin cambios, verificado al 2026-09-17Materia fiscal → fisc.mx
Art. 39, LFTVigentetexto sin cambios desde al menos 1998-01-23

Artículo 39 — Ley Federal del Trabajo

Resumen explicado · según el análisis de JURI

El artículo 39 de la LFT dispone que, cuando concluye el plazo pactado pero la actividad para la que se contrató sigue existiendo, la relación de trabajo continúa vigente mientras dure esa situación. En la práctica, no hace falta firmar un nuevo contrato para que la relación siga: basta con que el trabajo original no haya concluido. La prórroga completa la regulación del contrato por tiempo determinado del artículo 37, dentro del capítulo de duración de las relaciones de trabajo (artículos 35 a 41), y se relaciona con el límite de un año del artículo 40. El texto no ha cambiado desde el 23-01-1998.

Texto vigente de la leyedición DOF 14-05-2026
Trazabilidad

Historial de reformas

1970-04-01Nueva Ley DOF 01-04-1970

Texto original.

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Texto oficial (Cámara de Diputados, PDF)Página 11 · verificado contra el DOF
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