Corpus federal no fiscal · última reforma DOF 21-02-2025Materia fiscal → fisc.mx
Art. 41, LFTVigentetexto vigente desde 2021-04-23

Artículo 41 — Ley Federal del Trabajo

Resumen explicado · según el análisis de JURI

El artículo 41 de la LFT establece que la sustitución de patrón no altera las relaciones de trabajo de la empresa. El patrón sustituido responde solidariamente con el nuevo por las obligaciones nacidas antes de la sustitución durante seis meses, contados desde el aviso al sindicato o a los trabajadores; agotado ese plazo, sólo queda obligado el sustituto. La figura exige transmitir los bienes de la empresa o establecimiento.

Trazabilidad

Historial de reformas

2021-04-23DOF 23-04-2021

Párrafo adicionado DOF 23-04-2021

Afecta: párrafo 3

1970-04-01Nueva Ley DOF 01-04-1970

Texto original.

Texto oficial (Cámara de Diputados, PDF)Página 13 · verificado contra el DOF
Citar

Artículo

Artículo completo
claro
oscuro
↑↓ elegir⏎ aplicaresc cerrar