Artículo 5 — Ley Federal del Trabajo
El artículo 5 de la LFT niega efecto legal, sea escrita o verbal, a la estipulación que pacte: trabajo de menores de quince años, jornadas excesivas u horas extra para menores de dieciocho, salarios inferiores al mínimo o discriminatorios, pago en cantinas o tiendas salvo para su propio personal, retención del salario como multa, simulación de la relación laboral, registro con salario menor al real y renuncia a derechos. En esos casos rigen la Ley o sus normas supletorias en lugar de la cláusula nula.
Las disposiciones de esta Ley son de orden público por lo que no producirá efecto legal, ni impedirá el goce y el ejercicio de los derechos, sea escrita o verbal, la estipulación que establezca:
En todos estos casos se entenderá que rigen la Ley o las normas supletorias en lugar de las cláusulas nulas.
Historial de reformas
Fracción reformada DOF 02-07-2019
Afecta: fracción I
Cambio de texto observado entre ediciones oficiales consolidadas (fecha aproximada).
Fracción reformada DOF 01-05-2019
Afecta: fracción III · fracción VI
Fracción adicionada DOF 01-05-2019
Afecta: fracción XIV · fracción XV
Fracción reformada DOF 12-06-2015
Afecta: fracción I · fracción IV
Fracción reformada DOF 30-11-2012
Afecta: fracción VII
Fracción reformada DOF 31-12-1974
Afecta: fracción IV · fracción XII
Texto original.