Artículo 52 — Ley Federal del Trabajo
El trabajador podrá separarse de su trabajo dentro de los treinta días siguientes a la fecha en que se dé cualquiera de las causas mencionadas en el artículo anterior y tendrá derecho a que el patrón lo indemnice en los términos del artículo 50.
Trazabilidad
Historial de reformas
1970-04-01Nueva Ley DOF 01-04-1970
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