Artículo 52 — Ley Federal del Trabajo
El artículo 52 de la LFT permite al trabajador separarse de su empleo dentro de los treinta días siguientes a que ocurra alguna de las causas de rescisión por culpa del patrón del artículo 51, con derecho a la indemnización que fija el artículo 50. En la práctica, si el trabajador deja pasar ese plazo sin separarse, pierde la posibilidad de invocar esa causa. La regla cierra el capítulo de rescisión de las relaciones de trabajo (artículos 46 a 52), que en su primera parte enumera las causas de despido justificado del artículo 47. El texto no ha cambiado desde el 23-01-1998.
El trabajador podrá separarse de su trabajo dentro de los treinta días siguientes a la fecha en que se dé cualquiera de las causas mencionadas en el artículo anterior y tendrá derecho a que el patrón lo indemnice en los términos del artículo 50.
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