Ley Federal del Trabajo · última reforma DOF 14-05-2026 · sin cambios, verificado al 2026-09-17Materia fiscal → fisc.mx
Art. 73, LFTVigentetexto sin cambios desde al menos 1998-01-23

Artículo 73 — Ley Federal del Trabajo

Resumen explicado · según el análisis de JURI

El artículo 73 de la LFT libera al trabajador de la obligación de prestar servicios en sus días de descanso y, si el patrón lo hace trabajar de todos modos, ordena pagarle un salario doble por ese servicio, además del salario que ya le corresponde por el descanso. En la práctica, ese salario doble se suma al que ya recibe por el descanso, así que trabajar ese día resulta más costoso para el patrón que un día ordinario. La regla pertenece al capítulo de días de descanso, artículos 69 al 75, junto con el día de descanso semanal del artículo 69 y los días de descanso obligatorio del artículo 74. El texto no ha cambiado desde el 23-01-1998.

Texto vigente de la leyedición DOF 14-05-2026
Trazabilidad

Historial de reformas

1970-04-01Nueva Ley DOF 01-04-1970

Texto original.

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Texto oficial (Cámara de Diputados, PDF)Página 23 · verificado contra el DOF
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