Ley Federal del Trabajo · última reforma DOF 14-05-2026 · sin cambios, verificado al 2026-09-17Materia fiscal → fisc.mx
Art. 24, LFTVigentetexto sin cambios desde al menos 1998-01-23

Artículo 24 — Ley Federal del Trabajo

Resumen explicado · según el análisis de JURI

El artículo 24 de la LFT exige hacer constar por escrito las condiciones de trabajo cuando no exista un contrato colectivo aplicable, en al menos dos ejemplares, uno para cada parte. En la práctica, ese escrito es la prueba de lo pactado entre patrón y trabajador cuando no hay contrato colectivo que lo respalde. La obligación se ubica en el capítulo de disposiciones generales, artículos 20 al 34, que en el artículo 25 detalla qué debe contener ese escrito y en el artículo 26 —que cita este artículo— regula los efectos de omitirlo. El texto no ha cambiado desde el 23-01-1998.

Texto vigente de la leyedición DOF 14-05-2026
Trazabilidad

Historial de reformas

1970-04-01Nueva Ley DOF 01-04-1970

Texto original.

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Disposiciones relacionadas

1 disposición cita este artículo
Texto oficial (Cámara de Diputados, PDF)Página 7 · verificado contra el DOF
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