Ley Federal del Trabajo · última reforma DOF 14-05-2026 · sin cambios, verificado al 2026-09-17Materia fiscal → fisc.mx
Art. 28-B, LFTVigentetexto sin cambios desde al menos 2012-11-30

Artículo 28-B — Ley Federal del Trabajo

Resumen explicado · según el análisis de JURI

El artículo 28-B de la LFT regula a las agencias privadas que colocan a trabajadores reclutados en México en empleos concretos de duración determinada en el extranjero: deben estar autorizadas y registradas, cerciorarse de la veracidad de las condiciones de trabajo, vivienda, seguridad social y repatriación —que deben ser dignas y no discriminatorias—, comprobar los trámites migratorios e informar sobre la protección consular. Si se engañó al trabajador sobre las condiciones ofrecidas, la agencia sufraga la repatriación.

Texto vigente de la leyedición DOF 14-05-2026
Trazabilidad

Historial de reformas

2012-11-30DOF 30-11-2012

Artículo adicionado DOF 30-11-2012

1970-04-01Nueva Ley DOF 01-04-1970

Texto original.

Texto oficial (Cámara de Diputados, PDF)Página 10 · verificado contra el DOF
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