Artículo 31 — Ley Federal del Trabajo
El artículo 31 de la LFT establece que los contratos y las relaciones de trabajo obligan no solo a lo expresamente pactado, sino también a las consecuencias conformes a las normas de trabajo, a la buena fe y a la equidad. En la práctica, ningún acuerdo agota sus efectos en lo escrito: patrón y trabajador quedan sujetos también a lo que exige el sistema legal aunque las partes no lo hayan previsto. Forma parte del capítulo de disposiciones generales de la relación individual de trabajo, artículos 20 a 34, y lo citan los artículos 42 y 44. El texto no ha cambiado desde el 23-01-1998.
Los contratos y las relaciones de trabajo obligan a lo expresamente pactado y a las consecuencias que sean conformes a las normas de trabajo, a la buena fe y a la equidad.
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Texto original.