Artículo 291-T — Ley Federal del Trabajo
Queda prohibido transferir a las personas trabajadoras que se encuentren sujetas a una relación laboral tradicional a un esquema de trabajo en plataformas digitales, con el fin de buscar desvirtuar el vínculo laboral, los derechos asociados con el mismo o con el objeto de reducir las cargas fiscales, de seguridad social o laborales que se desprendan de la relación de trabajo.
Trazabilidad
Historial de reformas
2024-12-24DOF 24-12-2024
Artículo adicionado DOF 24-12-2024
1970-04-01Nueva Ley DOF 01-04-1970
Texto original.