Ley Federal del Trabajo · última reforma DOF 14-05-2026 · sin cambios, verificado al 2026-08-18Materia fiscal → fisc.mx
Art. 291-M, LFTVigentetexto sin cambios desde al menos 2024-12-24

Artículo 291-M — Ley Federal del Trabajo

Resumen explicado · según el análisis de JURI

El artículo 291-M de la LFT añade a las causas del artículo 47 cuatro supuestos de rescisión sin responsabilidad para el patrón de plataformas digitales: registrarse con documentación falsa, comprometer por descuido inexcusable la seguridad o privacidad del usuario, incurrir en faltas de probidad, violencia o acoso, y desatender reiteradamente y sin justificación las tareas aceptadas. Los tres primeros surten efectos inmediatos previa notificación escrita o digital; el último exige aviso con al menos tres días de anticipación y agotar los mecanismos de revisión.

Trazabilidad

Historial de reformas

2024-12-24DOF 24-12-2024

Artículo adicionado DOF 24-12-2024

1970-04-01Nueva Ley DOF 01-04-1970

Texto original.

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Disposiciones relacionadas

1 disposición cita este artículoEste artículo cita a 2 disposiciones
Texto oficial (Cámara de Diputados, PDF)Página 87 · verificado contra el DOF
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