Artículo 336-Bis — Ley Federal del Trabajo
Las vacaciones que se otorguen a las personas trabajadoras del hogar, se regirán por lo dispuesto en el Título Tercero, Capítulo IV de la presente Ley.
Trazabilidad
Historial de reformas
2019-07-02DOF 02-07-2019
Artículo adicionado DOF 02-07-2019
1970-04-01Nueva Ley DOF 01-04-1970
Texto original.