Artículo 505 — Ley Federal del Trabajo
Los médicos de las empresas serán designados por los patrones. Los trabajadores podrán oponerse a la designación, exponiendo las razones en que se funden. En caso de que las partes no lleguen a un acuerdo, resolverá el Tribunal.
Trazabilidad
Historial de reformas
2019-05-01DOF 01-05-2019
Fe de erratas al artículo DOF 01-05-2019
1970-04-30DOF 30-04-1970
Fe de erratas al artículo DOF 30-04-1970
1970-04-01Nueva Ley DOF 01-04-1970
Texto original.