Artículo 512-E — Ley Federal del Trabajo
La Secretaría del Trabajo y Previsión Social establecerá la coordinación necesaria con la Secretaría de Salud y con el Instituto Mexicano del Seguro Social para la elaboración de programas y el desarrollo de campañas tendientes a prevenir accidentes y enfermedades de trabajo.
Trazabilidad
Historial de reformas
2012-04-09DOF 09-04-2012
Artículo adicionado DOF 09-04-2012
1978-04-28DOF 28-04-1978
Artículo adicionado DOF 28-04-1978
1970-04-01Nueva Ley DOF 01-04-1970
Texto original.