Ley Federal del Trabajo · última reforma DOF 14-05-2026 · sin cambios, verificado al 2026-08-18Materia fiscal → fisc.mx
Art. 378, LFTVigentetexto vigente desde 2019-05-01

Artículo 378 — Ley Federal del Trabajo

Resumen explicado · según el análisis de JURI

El artículo 378 de la LFT prohíbe a los sindicatos intervenir en asuntos religiosos, comerciar con ánimo de lucro, participar en esquemas de evasión de contribuciones o de simulación patronal, ejercer violencia, discriminación o acoso sexual, falsear constancias de votaciones, obstaculizar la elección de sus directivas y extorsionar u obtener dádivas del patrón ajenas al contrato colectivo. La violencia, las constancias falsas y los obstáculos al voto se consideran violaciones a la libertad sindical y a la negociación colectiva.

Trazabilidad

Historial de reformas

2019-05-01DOF 01-05-2019

Fracción adicionada DOF 01-05-2019

Afecta: fracción III · fracción IV · fracción V · fracción VI · fracción VII · fracción VIII · párrafo 2

1970-04-01Nueva Ley DOF 01-04-1970

Texto original.

Texto oficial (Cámara de Diputados, PDF)Página 118 · verificado contra el DOF
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