Artículo 383 — Ley Federal del Trabajo
Los estatutos de las federaciones y confederaciones, independientemente de los requisitos aplicables del artículo 371, contendrán:
I.Denominación y domicilio y los de sus miembros constituyentes;
II.Condiciones de adhesión de nuevos miembros; y
III.Forma en que sus miembros estarán representados en la directiva y en las asambleas.
Trazabilidad
Historial de reformas
1970-04-01Nueva Ley DOF 01-04-1970
Texto original.
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